Dictamen N° 29618/2015
N° 29.618 Fecha: 15-IV-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2366, conducido por su funcionario, señor Glisner Edgardo Díaz Jara, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación examinada, aparece que el día 3 de septiembre de 2014, ese servidor, acompañado de otro empleado, y con ocasión de un patrullaje que realizaban en el referido móvil en la intersección de Avenida Zañartu con calle Panamá, en la comuna de San Ramón, procedieron a fiscalizar al chofer de un vehículo particular que se encontraba detenido en ese lugar, quien, con la finalidad de evitar tal control, reanudó la marcha, impactando al automóvil policial, resultando éste con daños en ambas puertas del costado izquierdo, practicándose la denuncia ante la Fiscalía Local San Miguel. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 525, de 2014, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $289.975, siendo tal especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Glisner Edgardo Díaz Jara, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-2366; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal o infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante