Dictamen N° 2973/2014
N° 2.973 Fecha: 14-I-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación administrativa instruida con motivo del extravío de dos esposas de seguridad, marcas CLK y Smith & Wesson, que se encontraban bajo la custodia de sus funcionarios, señores José Camus Álvarez y Felipe Rodríguez Figueroa, respectivamente, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del examen de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 21 de octubre de 2012, esos servidores, acompañados de otro empleado, concurrieron hasta un local comercial ubicado en calle José Francisco Vergara, de la comuna de Quilicura, con la finalidad de verificar una denuncia por desórdenes en la vía pública, una vez en el lugar procedieron a la aprehensión de dos individuos, los que permanecían esposados, instante en el cual fueron agredidos por un grupo aproximado de 15 personas, quienes lograron arrebatarles a los detenidos, sin que, con posterioridad, aquellos elementos de seguridad pudiesen ser recuperados Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el documento electrónico N° 10207439, de 2013, del Departamento Armamento y Municiones, ascendieron a la suma de US$30 dólares de los Estados Unidos de América, cada una (equivalente a un monto total de $28.354), determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 280, de 2013, dar de baja esas especies. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en la documentación tenida a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los señores José Camus Álvarez y Felipe Rodríguez Figueroa, por el extravío de las esposas de seguridad ya individualizadas. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante