Dictamen CGR
Dictamen N° 29819/2012
Sumario. Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad de Resolución 3/2012, del Hospital del Salvador, que aprueba la resciliación entre las partes con el objeto de poner término anticipado al contrato, ya que se encuentra exenta del trámite de toma de razón
N° 29.819 Fecha: 23-V-2012 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 3, de 2012, del Hospital del Salvador, por la cual se aprueba una resciliación entre las partes con el objeto de poner término anticipado al contrato, ya que se encuentra exenta del trámite referido, acorde con lo dispuesto en el N° 9.2.2. del artículo 9° de la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la precitada resolución. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República