Dictamen N° 298413/2023
N° E298413 Fecha: 13-I-2023 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba normas sobre modificaciones presupuestarias para el año 2023, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto de la glosa 01 de la partida 31 de la ley Nº 21.516, de Presupuesto del Sector Público para el año 2023, cumple con hacer presente que las incorporaciones de ingresos o saldo inicial de caja a que se refiere el numeral 2.2 del Título III del acto en estudio, se deberán destinar a gastos de capital transitorios o a proyectos de inversión que cumplan con la normativa vigente, salvo que el legislador le asigne a dichos recursos un destino especial. Asimismo, cabe precisar que en el numeral 3.2. del mismo título, se comprenden las creaciones y modificaciones de las transferencias a que se refieren las glosas 03, numeral 3.4 y 07, numeral 7.7, del programa 31-01-02, lo que se omitió señalar. Finalmente, en el numeral 1.5 del Título V, la referencia al año 2022 debe entenderse efectuada al año 2023. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República. MARIA SOLEDAD FRINDT RADA Jefe de División de Contabilidad y Finanzas Públicas