Dictamen CGR

Dictamen N° 30249/2016

2016-04-22 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Vigente
Sumario. No se advirtieron las irregularidades reclamadas durante el estudio de legalidad del decreto N° 885, de 2015, del Ministerio de Justicia

N°30.249 Fecha: 22-IV-2016 Con ocasión del trámite de toma de razón del decreto N° 885, de 2015, del Ministerio de Justicia -que aprueba el reglamento que establece el procedimiento y condiciones a las que se someterán los cursos de perfeccionamiento y los exámenes habilitantes para los ascensos que indica, del personal de Gendarmería de Chile-, se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Joe González Barraza, Presidente Nacional de la Asociación Nacional de Suboficiales y Gendarmes, reclamando sobre el contenido de dicho acto administrativo, por las razones que indica. En especial, solicita que, en razón de sus argumentaciones, ese cuerpo reglamentario sea devuelto a la apuntada cartera para que sea perfeccionado en lo favorable al personal de esa institución o derechamente se busque una instancia modificatoria legislativa en el Congreso Nacional para que se solucionen las distorsiones e injusticias que presentarían las actuales normas que rigen al personal de Gendarmería de Chile. Al respecto, cumple con manifestar que el citado acto administrativo fue tomado razón, debiendo hacer presente que durante su estudio de legalidad se ponderaron las consideraciones expuestas por el recurrente, sin que se advirtieran objeciones en aquel, al ajustarse a lo dispuesto por los artículos 18, 24 y 26 del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del mencionado ministerio, que fundamentan su dictación. Además, es útil consignar que a este Órgano Fiscalizador no le corresponde pronunciarse sobre la factibilidad de realizar modificaciones a los textos legales aludidos por el ocurrente, siendo competencia de otros organismos y poderes del Estado tal determinación. Sin perjuicio de lo anterior, cumple esta Contraloría General con remitir los antecedentes de la referencia de que se trata al Ministerio de Justicia para los fines procedentes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14, inciso segundo, de la ley N° 19.880. Transcríbase al Ministerio de Justicia y a Gendarmería de Chile. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República