Dictamen N° 30252/2018
N° 30.252 Fecha: 05-XII-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba las bases de concurso de la consultoría denominada “Estudio Integral Concesión Ruta 5: Tramo Chillán – Collipulli y Tramo Temuco – Rio Bueno”, pero cumple con hacer presente que, conforme a los antecedentes, la inclusión de la comuna de Yumbel en el artículo 2.4.4, de la citada resolución, es impropia. Otro tanto acontece respecto a las referencias a los puentes Rucaco Oriente, San Pedro y Rio Bueno Poniente, indicadas en el artículo 2.4.10.5, viñeta quinta y párrafo segundo. Asimismo, corresponde indicar en relación a la tabla N° 11 del artículo 2.5.7 del documento en examen, que el artículo en el que se regula el “Informe N° 4: Estudio de Ingeniería Vial Tramo Temuco – Rio Bueno” es el 2.5.11, y no como allí se consigna. Finalmente, resulta necesario señalar que en el anexo N° 5 de la presente resolución deberá incluirse la información correspondiente a la longitud y ancho del Enlace Loncoche Cuesta Lastarria, ubicado en el N° 10 de la citada tabla. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación