Dictamen CGR

Dictamen N° 30323/2013

2013-05-15 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Vigente
Sumario. La recurrente no ascendió en el proceso del año 2009, pese a sus años de servicio, por no encontrarse en un lugar preferente del escalafón correspondiente

N° 30.323 Fecha: 15-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Evanjelista del Carmen Ulloa Troncoso, administrativa titular, del Hospital Clínico San Borja Arriarán, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, para reclamar que, pese a sus años de servicio, no ascendió a una mejor posición en el proceso correspondiente al año 2009. Requerido su informe, el citado servicio de salud expresa, en síntesis, que esa funcionaria no logró acceder en esa oportunidad a un grado superior por no encontrarse en una ubicación preferente en el respectivo escalafón. Sobre la materia, es útil señalar que el artículo 102 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, establece que la promoción de los empleados de las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares de los organismos que menciona, entre los que se encuentran los servicios de salud, se efectuará mediante un procedimiento de acreditación de competencias, en el cual se evaluará la capacitación, la experiencia calificada y la calificación alcanzada por el personal en el período objeto de la acreditación. Agrega esa disposición, en sus incisos tercero y cuarto, que con el resultado de tales procesos los servicios confeccionarán un escalafón de mérito para el ascenso, disponiendo a los empleados de cada grado de la respectiva planta en orden decreciente según el puntaje obtenido, el que tendrá una vigencia anual a contar del 1 de enero de cada año, de manera que, producida una vacante, será promovido el funcionario que se encuentre en el primer lugar de ese ordenamiento. Ahora, conforme a los antecedentes tenidos a la vista, consta que como resultado del correspondiente proceso de acreditación, la servidora en cuestión obtuvo un puntaje de 49,54, quedando situada, en el escalafón del año 2009, en el lugar N° 15 del grado 16 de la planta administrativa, ubicación que no le permitió acceder al grado 15, ya que, de acuerdo a las vacantes disponibles, sólo los 12 primeros lugares de ese ordenamiento lograron ascender. Sin perjuicio de lo expresado, cumple señalar que, de acuerdo a los registros de esta Entidad Fiscalizadora, mediante la resolución N° 6.842, de 21 de noviembre de 2012, del aludido servicio de salud, tomada razón por este Organismo Contralor con fecha 15 de marzo del presente, la señora Ulloa Troncoso ha sido ascendida al grado 15 de la E.U.S., del estamento administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República