Dictamen N° 3035/2017
N° 3.035 Fecha: 27-I-2017 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro que aprueba la liquidación final del contrato “Reposición Edificio Institucional Dirección Regional de Aduana en Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”, por cuanto, en lo que respecta a la modificación N° 2, aprobada por la resolución exenta N° 1.867, de 2014, de esa dirección, los análisis de precios de las partidas no contempladas en el listado valorizado de precios iniciales -obras extraordinarias pactadas- no fueron deflactadas según lo dispuesto en el punto 7.11 del formato de bases administrativas aprobadas por la resolución N° 258, de 2009, de la Dirección General de Obras Públicas. Sin perjuicio de lo manifestado, cabe añadir, en relación al ítem “instalación de faenas 187 días”, que no se advierte la razón por la cual se incorpora en calidad de obra extraordinaria si se tiene presente, que la partida “instalación de faenas” fue incluida inicialmente a fin de reflejar los costos de construcción para la totalidad del contrato, a lo que cabe añadir que en dicho plazo se comprenden 105 días de paralización de los trabajos a cuyo respecto, mediante la resolución N° 36, de 2014, de esa dirección, se pagaron mayores gastos generales. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe División de Infraestructura y Regulación