Dictamen N° 30451/2014
N° 30.451 Fecha: 30-IV-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 120, de 2014, del Ministerio de Educación, mediante el cual se aprueba la modificación de convenio y su anexo, celebrado entre esa Cartera de Estado y la Universidad Tecnológica Metropolitana, relativo a la administración del "Liceo Comercial Instituto Superior de Comercio de Chile" ex - "Liceo Comercial Osvaldo Elías Param" (ex A-99), de la comuna de San Miguel, en virtud del decreto ley N° 3.166, de 1980, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente, en relación a lo consignado en sus cláusulas segunda y vigésimo quinta, que atendida la naturaleza pública de las partes intervinientes, dicho acuerdo de voluntades comenzará a regir a contar de la total tramitación del último acto administrativo que lo sancione. Asimismo, de los antecedentes tenidos a la vista se desprende que el número de alumnos (as) a que se refiere la estipulación tercera del instrumento en estudio, corresponde a la matrícula de los años 1991, 1996 y 2013, y no como ahí se indica. Luego, en relación a la individualización de los terrenos en que se encuentra el mencionado establecimiento educacional, contenida en la cláusula quinta del señalado convenio, cabe precisar que aquel a que alude su literal c) es el ubicado en calle Álvarez de Toledo N° 1.036, tal como lo consigna la copia de la inscripción en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel que se acompaña. Por último, se hace presente que, conforme al texto del acuerdo de voluntades en estudio, esta Contraloría General entiende que la remisión hecha en el párrafo cuarto de la antedicha estipulación es a su disposición vigésimo quinta, sobre vigencia y término anticipado. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento individualizado. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante