Dictamen N° 3046/2017
N° 3.046 Fecha: 27-I-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos del epígrafe, que aprueban las transferencias de recursos que en cada caso se indica, por cuanto se ajustan a derecho, pero cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, esa repartición pública deberá individualizar, en la parte resolutiva de los respectivos actos administrativos, a los organismos receptores de los haberes que se entregan, los que en la especie solo han sido mencionados en la suma de dichos instrumentos. Por otra parte, respecto de la resolución N° 4, de 2017, no consta que se haya efectuado la delegación de la administración de los recursos del Fondo de Medicina Preventiva al Comando de Personal de esa entidad -como alude en la suma de ese documento-, toda vez que la orden OCJ N° . 67/4781, de 2012, del Comandante en Jefe de esa repartición, no resulta suficiente para cumplir con lo dispuesto en el artículo 32 de la ley N° 19.465, que Establece el Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas, aspecto que deberá subsanarse dictando la pertinente resolución debidamente tramitada. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de los instrumentos del rubro. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República Subrogante