Dictamen N° 30693/2013
N° 30.693 Fecha: 16-V-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 246, de 2013, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que otorga primera renovación de la concesión marítima menor que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que el monto que los concesionarios deben pagar en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 59 del decreto N° 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento sobre Concesiones Marítimas, corresponde a la cantidad proporcional de la renta correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2012 y la fecha de inicio de vigencia del decreto del rubro, que de acuerdo a su numeral 7, asciende a 96,30 U.T.M. anuales, y no a 93,30 U.T.M. anuales como dispone el N° 9 del acto administrativo en examen. Asimismo, cabe señalar que de acuerdo al decreto N° 121, de 2002, del Ministerio de Defensa Nacional, que otorgó la concesión que por este acto se renueva, la misma está ubicada en el lugar denominado Caleta El Horno, al norte del Puerto de Mejillones, comuna de Mejillones, provincia y región de Antofagasta, y no como indica el numeral 1 del documento de la suma. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del instrumento en estudio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República