Dictamen N° 30808/2018
N° 30.808 Fecha: 11-XII-2018 En relación con el documento indicado en la suma, que fuera remitido por esa Contraloría Regional a este Nivel Central por las razones expresadas en su pase de fecha 21 de noviembre de 2018, cumple con devolver a esa sede el referido instrumento para que proceda a representarlo, en atención a que de los antecedentes tenidos a la vista no resulta posible determinar a cual de las tres universidades estatales -Universidad de Chile, Universidad de Valparaíso y Universidad de Talca- que concurren junto a algunas universidades privadas a la formación de la corporación Centro Nacional en Sistemas de Información en Salud, le corresponde emitir el acto afecto al trámite de toma de razón, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18, de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad Fiscalizadora. En este sentido, no se identifica una entidad que efectúe un encargo principal o a la que corresponda un mayor gasto, como tampoco se ha indicado en la escritura pública de constitución de la corporación el órgano que emitirá el acto afecto, por lo que esta División estima que dicha omisión deberá ser subsanada, siendo menester resaltar que en el artículo cuarto transitorio de los estatutos de la referida corporación, se otorga poder especial a las personas que allí se menciona para otorgar las escrituras públicas que fueren necesarias para realizar todas las actuaciones que se requieran para la total legalización de aquella. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República María Soledad Frindt Rada Subjefe Subrogante División Jurídica