Dictamen N° 3088/2012
N° 3.088 Fecha : 17-I-2012 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al móvil fiscal RP-1851, de cargo de la 14 a Comisaría San Bernardo, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Ariel Alonso Cea Medina, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 14 de abril de 2011, el indicado servidor, acompañado de otros funcionarios, y ante a una solicitud radial de la Central de Comunicaciones, concurren en el referido móvil a la esquina de la calle Los Pinos con el Pasaje Los Pinos, en la comuna de San Bernardo, debido a que desconocidos merodeaban un local comercial, los que al ver la presencia policial abordaron un vehículo, iniciando la marcha en sentido contrario al automóvil fiscal, colisionándolo. En este sentido, resulta necesario añadir que de fojas 81 a 83 del expediente adjunto, se encuentra incorporada la orden N° 203, de 2011, de la Dirección Nacional de Logística, mediante la cual el aludido móvil es dado de baja. Ahora bien, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de la atribución que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Ariel Alonso Cea Medina, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-1851. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República