Dictamen CGR

Dictamen N° 30971/2010

2010-06-10 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Sobre revisión de pensión de retiro de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional

N° 30.971 Fecha: 10-VI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Heriberto Enrique Horta Díaz, ex funcionario de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, para solicitar la revisión de su pensión de retiro. Al respecto, cabe advertir, en primer término, que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante la resolución N° 431, de 1983, de la entonces Subsecretaría de Guerra, se concedió al interesado una pensión de retiro, a contar del 30 de abril de igual año. Precisado lo anterior, es dable destacar que el inciso tercero del artículo 164 del D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, vigente en virtud del artículo final del D.F.L. N° 1, de 1997, de esa misma procedencia -aplicable en la especie, al tenor de lo establecido en el artículo 3° de la ley N° 17.388-, previene que sin perjuicio de los plazos de prescripción de corto tiempo establecidos para casos específicos, el derecho a impetrar pensión, reajustes, acrecimiento o cualquier beneficio derivado de ellas, prescribe en el plazo de 10 años. En este orden de ideas, y considerando que entre la fecha de la concesión del mencionado beneficio, 13 de mayo de 1983, y la presentación efectuada por el peticionario ante este Organismo Contralor, de 7 de abril de 2010, transcurrieron más de diez años, resulta forzoso concluir que el derecho a la revisión de su pensión se encuentra vencido. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante