Dictamen CGR

Dictamen N° 30997/2017

2017-08-25 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances el decreto N° 160, de 2017, del Ministerio de Educación

N° 30.997 Fecha: 25-VIII-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba una rectificación del convenio celebrado con la Municipalidad de Puerto Montt, sobre traspaso del servicio educacional y sus bases prestado por la Escuela Básica E-726 de esa comuna, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que el referido acuerdo de voluntades fue aprobado a través del decreto N° 10.153, de 1981, del Ministerio de Educación, y no mediante el “Decreto Supremo N° 3185” citado en los vistos del documento en estudio. Enseguida, es menester anotar que de la documentación acompañada, aparece que el inmueble de que se trata se encuentra ubicado en la comuna de Puerto Montt e inscrito en el correspondiente registro de propiedad, a fojas N° 725 vuelta -del número y año que individualiza-, y no como se indica en la cláusula primera del acto en trámite. Luego, es del caso señalar que los apellidos del Alcalde de la Municipalidad de Puerto Montt son “Paredes Rojas” y no como se sostiene en la cláusula tercera y en la constancia de firma de la rectificación que se sanciona. Asimismo, en lo sucesivo, esa cartera de Estado deberá adoptar las medidas necesarias para que las transcripciones que contengan los actos administrativos que sancionen acuerdos de voluntades coincidan íntegramente con el texto de estos últimos, a fin de cumplir con el inciso segundo del artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, lo cual no acontece respecto de la individualización del cargo de quien suscribe el presente instrumento en representación del municipio. Finalmente, es necesario advertir la evidente demora que ha existido en la dictación del presente decreto, considerando que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el inmueble en cuestión fue adquirido en dominio por el Fisco-Ministerio de Educación en 1982 y que al menos desde el año 2003, el órgano comunal formuló las respectivas solicitudes de regularización, por lo que corresponde que esa secretaría de Estado adopte las providencias a que haya lugar a fin que, en el futuro, los actos administrativos de la especie sean dictados y remitidos oportunamente al control preventivo de juridicidad (aplica criterio contenido en el dictamen N° 12.142, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del rubro. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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