Dictamen N° 310425/2025
N° E3104 Fecha: 08-01-2025 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el contrato de prestación de los servicios complementarios de provisión de servicios tecnológicos para el Sistema de Transporte Público de Santiago, suscrito, por trato directo, con la empresa SONDA S.A., pero cumple con precisar, en relación con el anexo N° 2.1 del acto en estudio que, atendido su contexto, esta Entidad de Control entiende que el indicador ITF-CI -enunciado en la sexta fórmula del punto 5.5-, y el indicador ITF-CS -aludido en la segunda fórmula del punto 5.11-, corresponden a los indicadores ITC-CI e IMC-CS, respectivamente. Asimismo, que los porcentajes de los indicadores ΔIMC-CS, IME-TR e IME-EX, todos del punto 5.11.1, y MD-TR y MD-EX, ambos del punto 5.12.1, todos del citado anexo 2.1, deben multiplicarse por sus respectivos ponderadores, contenidos en las tablas de los puntos 5.11 y 5.12, del mismo anexo, respectivamente. Asimismo, en el futuro, esa secretaría de Estado deberá velar por que sus actos administrativos se dicten y, en su caso, se remitan a trámite de toma de razón, oportunamente. Finalmente, cabe hacer presente que, en lo sucesivo, dicha cartera de Estado deberá arbitrar las medidas necesarias a fin de cautelar que contrataciones como la que se autoriza en la especie, se dispongan en forma oportuna y, de este modo, que las mismas se ajusten a la modalidad de licitación pública, por lo cual, deberán adoptarse las medidas necesarias a fin de llevar a cabo prontamente los procesos concursales para la contratación de los nuevos servicios tecnológicos de gestión de flota y de gestión de pago, especialmente teniendo en consideración la vigencia del presente contrato, sobre tales materias, que se viene sancionando en esta oportunidad, prevista hasta el 10 de febrero de 2027. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República