Dictamen N° 31044/2017
N° 31.044 Fecha: 25-VIII-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 5, de 2017, de la Dirección General de Aguas, a través de la cual, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 transitorio del Código de Aguas, se constituye un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales y corrientes del Sistema Embalse Digua, en favor de las personas que allí se individualizan, por cuanto no se han acompañado los antecedentes que permitan establecer que estas sean las titulares de la totalidad de las acciones consideradas en la resolución N° 324, de 1995, de dicha repartición pública, para la reserva y posterior otorgamiento del mismo. Sin desmedro de lo anterior, cumple con observar que no se advierte la proporción que a cada uno de los beneficiarios corresponde en el derecho concedido. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División de Infraestructura y Regulación