Dictamen N° 31245/2009
N° 31.245 Fecha: 15-VI-2009 Se ha dirigido a este Organismo Superior de Control, la señora Juez del 5° Juzgado Civil de Santiago, solicitando se informe si el contrato de obra adjudicado por el SERVIU, mediante la resolución N° 212, de 30 de agosto de 2002, a doña ADA PRADO SALINAS, ha sido objeto de modificaciones, como asimismo, que se indiquen los actos administrativos en que ellas constan y la fecha de su toma de razón. Al respecto, cabe indicar en forma previa que mediante la citada resolución N° 212, se adjudica y contrata con doña Ada Albina Prado Salinas, la ejecución de las obras de Reparación y Conservación de pavimentos de Vías Urbanas año 2002, Agrupación "C", comunas de Puente Alto, San José de Maipo, Pirque, La Pintana, San Bernardo, El Bosque, San Ramón, La Cisterna, San Miguel, Buin y Paine, documento que fue tomado razón con fecha 20 de septiembre de 2002. Ahora bien, conforme a los antecedentes que obran en poder de esta Contraloría General, se puede informar lo siguiente: El citado contrato fue modificado por resolución N° 413, de 31 de diciembre de 2002, del SERVIU Metropolitano que, entre otras modificaciones, aprueba una ampliación de plazo del contrato en cinco días, documento tomado razón con fecha 20 de enero de 2003. Posteriormente, mediante resolución N° 15, de 4 de febrero de 2003, del servicio ya individualizado, aprueba el término anticipado del contrato, documento que fue cursado con el oficio N° 25.883 de 20 de junio de 2003, que también atendió otras presentaciones relacionadas con la materia. Finalmente, la citada repartición remitió para el correspondiente examen de legalidad la resolución N° 392, de 25 de noviembre de 2003, que sanciona la liquidación del contrato precitado la que fue cursada con el oficio N° 10.551, de 2 de marzo de 2004, que asimismo atendió presentaciones vinculadas con esa resolución. Es cuanto procede informar a US., al tenor del requerimiento contenido en el oficio, adjuntándose copias de las precitadas resoluciones que sancionaron las medidas adoptadas por el SERVIU Metropolitano y de los respectivos oficios ya mencionados. Asimismo, se acompaña fotocopia de otros pronunciamientos emitidos por esta Entidad de Control sobre la materia, contenidos en los dictámenes N°s. 29.514 y 61.845, ambos de 2006.