Dictamen N° 314/2013
N° 314 Fecha: 03-I-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 100, de 2012, del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante el cual ese ministerio adjudica una licitación pública para la venta del inmueble que indica y se autoriza su transferencia a Inmobiliaria Pocuro Limitada, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que las sumas provenientes de la referida enajenación deberán imputarse en el decreto que apruebe el respectivo contrato de compraventa a la ley N° 20.641, de Presupuestos del Sector Público para el año 2013, periodo presupuestario en que se suscribirá la antedicha convención, y no como se anota en el numeral III del instrumento en estudio (aplica criterio contenido en el dictamen N° 32.508, de 2012, de este origen). En efecto, conforme al N° 5 del párrafo II del acto de la suma, en concordancia con el N° 11 de las bases que rigen el correspondiente proceso licitatorio, el plazo para suscribir el respectivo acuerdo de voluntades es de 30 días hábiles, contados desde la notificación del documento en análisis, por lo que se desprende que no podrá celebrarse en el año 2012. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo individualizado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República