Dictamen N° 31539/2014
N° 31.539 Fecha: 07-V-2014 Se ha recibido el oficio N° 165, de 2014, del Secretario General de la Cámara de Diputados, a través del cual se adjunta el requerimiento del Diputado don David Sandoval Plaza, quien solicita que se le informen las medidas adoptadas para hacer cumplir lo ordenado por la Contraloría Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, en relación con el concurso convocado por la Municipalidad de Chile Chico, para proveer un cargo grado 12 de su planta profesional. A su turno, se ha dirigido a este Órgano Fiscalizador la Asociación de Funcionarios Municipales de Chile Chico, para denunciar que el referido municipio no ha dado cumplimiento a lo instruido por la aludida Contraloría Regional. Como cuestión previa, cabe precisar que la indicada sede regional, mediante sus oficios N °5 982, 2.055, 2.414, 2.971 y 3.382, todos de 2013, y 269, de la presente anualidad, expresó que la Municipalidad de Chile Chico debía retrotraer el procedimiento concursal de que se trata a la etapa previa a la valoración de los oponentes, procediendo que el Secretario Municipal elaborara una pauta de evaluación que fijara la forma de ponderar y el puntaje que corresponde a cada uno de los elementos definidos en las bases, dando conocimiento de ella a todos los postulantes y aplicándola sin discriminación. Posteriormente, por medio del oficio N° 106, de 2014, el Alcalde de la mencionada entidad edilicia informó a la antedicha Contraloría Regional que el funcionario que ejerce la función de Secretario Municipal se ha negado a acatar lo resuelto por este Organismo de Control, ante lo cual, por oficio N° 958, del año en curso, la anotada oficina regional determinó la instrucción de un procedimiento disciplinario con el objeto de indagar la eventual responsabilidad administrativa que pudiere asistir a dicho servidor, el cual fue dispuesto por la resolución exenta N° 129, de 2014, de ese origen y se encuentra actualmente en su etapa indagatoria. Asimismo, en el citado oficio N° 958, de 2014, se dispuso que las actuaciones ordenadas en los oficios N OS 982, 2.055, 2.414, 2.971 y 3.382, de 2013, y 269, del año en curso, deberán ser efectuadas por el funcionario que subrogue al Secretario Municipal, de conformidad a las reglas establecidas al efecto en los artículos 76 y siguientes de la ley N ° 18.883, lo que será verificado por este Ente Fiscalizador en la etapa de seguimiento del referido oficio. Para su conocimiento, se adjunta copia del oficio N° 958, de 2014 y de la resolución exenta N° 129, de 2014, ambos de la Contraloría Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. Transcríbase al Diputado don David Sandoval Plaza, a la Asociación de Funcionarios Municipales de Chile Chico y a la Contraloría Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República