Dictamen N° 31665/2015
N° 31.665 Fecha: 22-IV-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se autoriza la franquicia aduanera que indica, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que según la resolución exenta N°21.242, de 2014, de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, Provincial Concepción, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región del Bío Bío, el vehículo que se importe requiere "Cinturón de seguridad de tres puntas", y no como erróneamente se consigna en el resuelvo N° 1 del instrumento en estudio. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica