Dictamen N° 31680/2013
N° 31.680 Fecha : 23-V-2013 Se ha dirigido a esta Entidad de Control don Luis Mario Stein, a nombre de la empresa Representaciones Virtual 21 S.A., solicitando un pronunciamiento sobre diversos aspectos relacionados con la licitación pública convocada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo bajo el ID N° 45-8-LE13, para la adquisición del servicio de contact center, manifestando las razones por las cuales no fueron presentados determinados antecedentes administrativos, añadiendo que, a su juicio, cumplía con todos los requisitos exigidos, ya que la documentación relativa a la sociedad estaba vigente y disponible en el portal www.chileproveedores.cl . Agrega, que el punto N° 5 del pliego de condiciones que reguló el proceso en comento, permitía la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos por los oferentes, facultad que no fue utilizada por el aludido servicio, pese a que ello habría sido requerido por escrito, mediante carta formal y por correo electrónico. Requerida al efecto, la señalada entidad informa, en síntesis, que esta misma materia le fue consultada por la recurrente, dando respuesta a su solicitud, en los términos que indica, con fecha 5 de marzo del presente año. Sostiene, además, que el interesado presentó una acción de impugnación ante el Tribunal de Contratación Pública, el que se encuentra actualmente conociendo el asunto objeto de la presente consulta. En este contexto, cumple con señalar que este Ente Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por cuanto en virtud de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, lo que ocurre en la situación planteada en la especie, puesto que esta se vincula directamente con la acción interpuesta ante el aludido tribunal, en causa rol N° 57-2013, la que se encuentra actualmente en tramitación. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República