Dictamen N° 3172/2018
N° 3.172 Fecha: 25-I-2018 Esta Contraloría General ha tomado razón de la resolución del rubro, que “Aprueba Acuerdo Interinstitucional entre el Ministerio del Medio Ambiente de la República de Chile y el Ministerio del Ambiente de la República del Perú para el Desarrollo de Acciones en Gobernanza, Manejo y Conservación de los Sistemas Nacionales de Áreas Protegidas Marino Costeras”, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que el año de promulgación del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mencionado en los vistos del instrumento de la especie, es el año 2000, lo que se omitió señalar. Además, debe agregarse que la “División de Recursos Naturales” de esa secretaría de Estado, a que se alude en el artículo 5°, inciso primero, del convenio que se aprueba, debe entenderse referida a la “División de Recursos Naturales y Biodiversidad”, de conformidad con el artículo 2° del decreto supremo N° 62, de 2014, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento Orgánico de esa misma Cartera. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo examinado. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República