Dictamen N° 31723/2012
N° 31.723 Fecha: 30-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Cecilia Mónica Pedreros Barrera, para solicitar la revisión de la pensión de montepío de su fallecida madre, la señora Bernarda Barrera Catalán. Requerida al efecto, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, junto con acompañar el respectivo expediente jubilatorio, informa, en síntesis, que la pensión de montepío de la señora Barrera Catalán se determinó correctamente y que se le aplicaron todos los reajustes otorgados al sector pasivo. Sobre el particular, cabe manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante la resolución exenta N° 1.075, de 2008, de la entonces Subsecretaría de Marina, se le concedió a la señora Barrera Catalán una pensión de montepío por un monto inicial mensual de $530.113.-, a contar del 12 de agosto de 2008, fecha de fallecimiento del causante, cantidad equivalente al 100% de la renta que le correspondía percibir a éste por haber acreditado hasta el 1 de julio de 1971, 29 años 3 meses y 16 días de servicios efectivos en la Armada, más un año de tiempo servido como conscripto en el Ejército y 6 años de abono correspondiente a un año por cada 5 de servicios. Ahora bien, efectuadas las verificaciones de rigor se pudo comprobar que la pensión de que se trata se ajustó a derecho, y que a diciembre de 2010, debió ascender a $577.240. Sin perjuicio de lo anterior, es dable anotar que de los documentos examinados por esta Entidad Fiscalizadora, no consta que se hubiere cesado la pensión de montepío de la señora Barrera Catalán con motivo de su muerte, ocurrida el 28 de diciembre de 2010, razón por la cual la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas deberá adoptar las medidas que procedieren. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República