Dictamen CGR

Dictamen N° 31780/2013

2013-05-23 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Pensión de invalidez de segunda clase se determina en relación con los estipendios percibidos en la actividad

N° 31.780 Fecha: 23-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Elena Retamales Núñez, exfuncionaria de la Fuerza Aérea, para solicitar, por las razones que expone, la reconsideración del dictamen N° 23.144, de 2012, de este origen. Requerido su informe, esa institución manifestó que la peticionaria no puede incorporar en su pensión de invalidez la asignación de máquina, por cuanto no la percibía al momento de su retiro. Sobre el particular, cabe recordar que mediante ese oficio esta Entidad de Control señaló que la interesada, si bien gozó del referido emolumento, éste le fue suspendido en el mes de junio de 2009, de modo que a la data de su cese -ocurrido en diciembre de dicha anualidad-, ya no lo disfrutaba, razón por la cual no pudo incluirlo en el cómputo de su beneficio jubilatorio. Ahora bien, en atención a que la situación planteada ya fue estudiada por este Órgano Fiscalizador, sin que la señora Retamales Núñez acompañe antecedentes que permitan modificar el referido dictamen N° 23.144, de 2012, se ratifica ese pronunciamiento y se desestima la solicitud de reconsideración. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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