Dictamen N° 32114/2013
N° 32.114 Fecha: 24-V-2013 Esta Entidad de Control ha dado curso al decreto N° 5, de 2012, del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento para el Reconocimiento de la Naturopatía como Profesión Auxiliar de la Salud”, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que entiende que la autoridad sanitaria respectiva deberá pronunciarse, respecto a los recintos en que se practica la naturopatía y que carecen de autorización para ello, en los términos del artículo primero transitorio de este reglamento, dentro del plazo de 30 días hábiles, contado desde que el requirente complete los antecedentes exigidos para ello, y en caso de denegarla, deberá hacerlo fundadamente, conforme a lo prescrito en el inciso segundo del artículo 7° del Código Sanitario. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República