Dictamen CGR

Dictamen N° 32165/2013

2013-05-24 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 32.165 Fecha: 24-V-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil policial RP-3181, conducido por su funcionario, señor Joaquín Enrique Palma Leiva, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que el día 3 de mayo de 2012, ese empleado, acompañado de otro servidor, concurrió en el citado móvil a la intersección de la Avenida Américo Vespucio y calle Los Maitenes, en la comuna de Pudahuel, con la finalidad de fiscalizar a los ocupantes de un furgón particular, cuyo conductor, a objeto de evitar el control policial, realizó una maniobra de retroceso, colisionando al automóvil fiscal. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 10, de 2013, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $413.505, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Joaquín Enrique Palma Leiva, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3181. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República