Dictamen N° 32242/2011
N° 32.242 Fecha: 20-V-2011 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados a la camioneta fiscal Z-4157, de cargo de la 52 a Comisaría Rinconada de Maipú, conducida por el funcionario de esa institución policial, señor Iván Meriño Muñoz, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 21 de junio de 2010, el aludido funcionario, junto a otros servidores, mientras efectuaba un patrullaje preventivo por el Camino a Lonquén, observa que un camión entra a una parcela a la altura del N° 66 de esa vía, por lo que ingresan a ésta, instante en el cual el conductor del vehículo de carga, con la finalidad de evadir el control policial, avanzó en sentido contrario a la posición del móvil fiscal, impactándolo en la puerta delantera izquierda. La situación descrita produjo un perjuicio al patrimonio fiscal que, según el Certificado N° 399, de 2010, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, dependiente del Departamento de Transportes, que rola a fojas 100 a 102 de autos, ascendió a la suma de $464.100, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, se debe expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Carabinero, señor Iván Meriño Muñoz, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal Z- 4157. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República