Dictamen N° 32414/2010
N° 32.414 Fecha: 16-VI-2010 La Contraloría General no ha dado curso a la resolución N° 252, de 2010, de la Dirección de Vialidad que, entre otras medidas, aprueba disminución de honorarios y pago de indemnización con motivo de la ejecución del contrato “Asesoría a la Inspección Fiscal Construcción Puente Yalquincha y Accesos, Sector Circunvalación Ruta 25, Calama, Tramo Km. 4,701 al Km. 7,480, Provincia de El Loa, Región de Antofagasta”, por cuanto de los antecedentes acompañados no se advierten las razones que habrían justificado la ausencia del personal de la empresa consultora, en forma previa a la terminación de los trabajos, que motiva en parte la citada disminución. En efecto, si bien en el resuelvo N° 2 del acto en examen se aprueba una disminución del plazo del contrato al 30 de septiembre de 2009, hasta esa data sólo prestaron servicios el ingeniero civil residente y el jefe de laboratorio y topografía, mientras que el resto del personal dejó de desempeñar sus funciones el día 5 de septiembre de ese mismo año, según consta de los estados de pago adjuntos. Lo anterior, no obstante que en el cronograma de participación del personal profesional y técnico de la empresa consultora se previó, en los términos allí anotados, el desempeño de dicho equipo hasta la finalización de la asesoría; que de acuerdo al punto 8.3 de los términos de referencia de la contratación la ausencia del personal en la obra da lugar a la multa diaria allí señalada y que según su punto 8.4 el incumplimiento en la permanencia del personal ofrecido constituye una causal de término anticipado del contrato. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación