Dictamen N° 32515/2015
N° 32.515 Fecha : 24-IV-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en la camioneta fiscal AP-1522, conducida por su funcionario, señor Miguel Ángel Cárcamo Barrientos, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que de la documentación adjunta, aparece que el día 25 de julio de 2014, ese servidor, acompañado de otros empleados, se desplazaba en el referido móvil por un camino público desde el sector Alboyanco hacia la Colonia Manuel Rodríguez, y al llegar al cruce Lemún, en la comuna de Angol, fueron atacados por un grupo indeterminado de individuos, quienes efectuaron disparos en contra del personal policial, resultando la aludida camioneta con daños en su carrocería. Los perjuicios ocasionados al patrimonio fiscal, de acuerdo con el certificado N° 48, de 2014, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma de $115.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Miguel Ángel Cárcamo Barrientos, por los deterioros causados en la camioneta fiscal AP-1522. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante