Dictamen N° 32547/2015
N° 32.547 Fecha: 24-IV-2015 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-2997, conducido por su funcionario, señor Patricio Samuel Valenzuela Salazar, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 19 de marzo de 2013, mientras ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el citado vehículo por el pasaje 7, al llegar a la intersección con el pasaje Cordillera, en la comuna de La Reina, fue atacado por unos individuos que le lanzaron una piedra al móvil, resultando éste con un vidrio quebrado, situación que produjo que aquél perdiera el control del mismo, chocando con un poste del alumbrado público. Los deterioros producidos al patrimonio fiscal, en el caso del referido automóvil, según el certificado N° 197, de 2013, de la Sección Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $820.870, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Patricio Samuel Valenzuela Salazar, por los daños ocasionados en el móvil fiscal RP-2997. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante