Dictamen N° 32598/2015
N° 32.598 Fecha: 24-IV-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al documento de la suma, que sobresee el sumario administrativo instruido con motivo de lo expuesto en el Informe Final Nº 160, de 2013, de este origen, sobre auditoría al proceso de licitación de día cama hospitalización integral año 2010, llevado a cabo en el Fondo Nacional de Salud, FONASA, por cuanto esa medida no se encuentra justificada en lo que se refiere a la observación sobre el listado de pacientes omitidos en los folios certificadores de ese organismo, formulada en el Anexo N° 4, de ese informe. Como cuestión previa, es menester considerar que del estudio del expediente, se advierte que se adjuntaron todos los antecedentes que permiten dar por superadas las observaciones contenidas en los anexos N°s 5, 6 y 7, de dicho informe final, y, en lo concerniente a la derivación ID N° 449455, a un establecimiento hospitalario privado, los medios de prueba analizados acreditan que esa situación se trató de un caso excepcional, originado por la evolución clínica de la paciente atendida, de modo que respecto de tales situaciones, el sobreseimiento se encuentra debidamente fundamentado. No obstante, en lo que atañe a la objeción que contempla el anexo N° 4, cabe manifestar que si bien consta del proceso en estudio, que los pacientes vinculados con los respectivos comprobantes de egresos tenían la calidad de beneficiarios del sistema previsional a la fecha en que se realizó el pago por su traslado, del listado histórico del certificador de FONASA -fojas 346-, es posible advertir que sólo se adjuntaron a la investigación 18 de los 26 folios certificadores, que según el referido anexo N° 4, habrían sido omitidos, no existiendo claridad en torno a si se practicó la validación de los ocho restantes y que corresponden a los RUT N°s 7.664.250-8; 10.352.719-8; 3.729.356-3; 6.393.987-0; 3.023.907-5; 12.811.282-0; 7.020.352-9 y 12.269.008-3. En consecuencia, en mérito de la expuesto, se representa la resolución de la suma, con el objeto que la jefatura competente disponga la reapertura del presente procedimiento sumarial, y determine la responsabilidad administrativa de los funcionarios involucrados en los hechos relacionados con la validación de los aludidos ocho beneficiarios. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante