Dictamen N° 32614/2012
N° 32.614 Fecha: 04-VI-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Aida Rosa Ramírez Campos, en representación de “Comercializadora Ozzy Limitada”, reclamando que la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en el marco del “concurso público para otorgar concesiones de Servicio Público de Transmisión de Datos Fijo y/o Móvil en la bandas de frecuencias 2.505 - 2.565 MHz y 2.625 - 2.685 MHz”, habría omitido consignar en las respectivas bases -aprobadas por dicha repartición mediante su resolución exenta N° 7.047, de 15 de diciembre de 2011- el derecho preferente que le asistiría para la asignación de tales concesiones en caso de igualdad de condiciones, el que se encontraba establecido en el inciso segundo del artículo 13 C de la ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, antes de que fuera modificado por la ley N° 20.546 -publicada en el Diario Oficial del día 11 de noviembre del mismo año, data de su entrada en vigencia-, lo que estima improcedente. Requerida de informe, la aludida Subsecretaría expresa, en lo que interesa, que se ha interpuesto en su contra, por parte de “Telecomunicaciones Inalámbricas S.A.”, un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago -rol de ingreso Corte N° 885-2012-, por los mismos motivos expuestos por la peticionaria, y tratándose del mismo concurso. Añade que esa causa judicial se encuentra actualmente en tramitación ante la Corte Suprema, rol de ingreso Corte N° 3.280-2012. Sobre el particular, cumple con manifestar que, conforme a lo previsto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, esta Entidad de Fiscalización debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, toda vez que se encuentra impedida de intervenir e informar en los asuntos que estén sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, como acontece en la especie. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica Subrogante División de Infraestructura y Regulación