Dictamen N° 32768/2009
N° 32.768 Fecha: 22-VI-2009 La Municipalidad de La Pintana ha remitido a esta Contraloría General el reglamento N° 5, de 2007, de ese municipio, para que se formulen las observaciones que resulten pertinentes. Al respecto cabe señalar, que el documento aludido, que corresponde al Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones de la entidad edilicia, no está afecto a trámite ante este Organismo de Control, sin perjuicio que una copia de él debe permanecer en esa municipalidad a disposición de este Ente Contralor cuando, para el cumplimiento de sus atribuciones fiscalizadoras, se requiera. Además, cumple indicar que, el artículo 12 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dispone, en lo que interesa, que los municipios pueden dictar reglamentos, entendiendo que éstos constituyen normas generales obligatorias y permanentes, relativas a materias de orden interno. Tales cuerpos normativos, de acuerdo al criterio sostenido por la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, en el dictamen N° 34.748, de 2005, deben enmarcarse dentro de la preceptiva vigente. Luego, del análisis del reglamento, se advierte que el referido ordenamiento municipal no consideró las modificaciones introducidas por el decreto N° 1.562, de 2006, del Ministerio de Hacienda, al decreto N° 250, de 2004, de la misma Secretaría de Estado, reglamento de la ley N° 19.886, de manera que corresponde que esa entidad edilicia realice las adecuaciones pertinentes al efecto. A su vez, cumple anotar, que el municipio estableció plazos distintos de los previstos en la ley N° 19.886 -de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios-, para la realización de ciertas actuaciones, los que deberán ajustarse a esa preceptiva en cuanto por esa vía se establezcan mayores restricciones que las previstas en el ordenamiento jurídico para el cumplimiento de potestades municipales. Finalmente, cabe agregar, que en el ejercicio de las atribuciones que la ley N° 10.336, otorga a este Organismo Contralor, con el objeto de asegurar la legalidad de los actos de la Administración, esta Entidad podrá realizar, en futuras fiscalizaciones, nuevas revisiones del reglamento en análisis, en relación con aspectos no considerados en el presente informe. En consecuencia, se devuelve el aludido Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones a la Municipalidad de La Pintana, para que dicha entidad edilicia lo adecue en los términos señalados en el presente oficio, y mantenga una copia del mismo a disposición de esta Contraloría General, en caso que, dando cumplimiento a sus atribuciones fiscalizadoras, se requiera.