Dictamen N° 327968/2023
N° E327968 Fecha: 31-III-2023 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso al acto del epígrafe, que aprueba la tercera modificación del convenio de transferencia de recursos suscrito con la entonces Intendencia de la Región de Tarapacá, para la ejecución del proyecto “Televigilancia Móvil”, en el marco del Plan Calle Segura, por cuanto dicho documento no se encuentra afecto al trámite de toma de razón. Al respecto, conforme al artículo 1°, N° 1, de la resolución N° 14, de 2022, de esta Contraloría General, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón, en relación al artículo 11, N° 11.5, de la resolución N° 7, de 2019, de este origen, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, quedarán sujetos a toma de razón las transferencias de recursos, con o sin convenio, cuya competencia territorial corresponda al Nivel Central de la Contraloría General, cuando el monto comprometido supere las 20.000 UTM. Pues bien, del examen del convenio original y de sus enmiendas suscritas previamente, se constata que aquel dispone una transferencia de recursos de menor cuantía a la antes expresada. De este modo, corresponde que la presente modificación se apruebe mediante un acto administrativo exento del control previo de legalidad. En razón de lo expuesto, se devuelve sin tramitar la resolución del rubro. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República MARIA SOLEDAD FRINDT RADA Jefe de División de Contabilidad y Finanzas Públicas