Dictamen N° 32822/2014
N° 32.822 Fecha: 12-V-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 5, de 2014, de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, que aprueba el convenio de transferencia de recursos celebrado con la Corporación Nacional Forestal para la ejecución del proyecto que indica, por encontrarse ajustada a derecho, pero cumple con hacer presente que, conforme a lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 33.692 y 40.526, ambos de 2013, las enmiendas que se practiquen a los actos administrativos que han sido retirados del trámite de toma de razón y que posteriormente son reingresados a esta Entidad, como ocurre en la especie, deben ser salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del instrumento, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo servicio dispuso o tomó conocimiento de tales modificaciones, lo que se ha omitido efectuar en esta oportunidad. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución señalada. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República