Dictamen N° 32883/2017
N° 32.883 Fecha 07-IX-2017 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se adjudica licitación para la adquisición del bien que se indica, por no ajustarse a derecho. En efecto, del análisis del informe técnico de matriz de cumplimiento que se adjunta, se advierte que la comisión evaluadora no fue integrada por la totalidad de los funcionarios designados a través del Acta de Comisión Evaluadora emitida por la autoridad correspondiente en conformidad con lo previsto en el respectivo pliego de condiciones. Además, dicho informe se encuentra firmado por dos servidores que no fueron nombrados a través de este último documento. Lo anterior vulnera lo dispuesto en el artículo 37 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y el principio de estricta sujeción a las bases previsto en el artículo 10 de la ley N° 19.886 (aplica criterio de dictamen N° 30.998, de 2017, de este origen). En consecuencia, se representa el instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República