Dictamen N° 33019/2014
N° 33.019 Fecha: 13-V-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de la investigación realizada con motivo de los daños ocasionados a diversas especies fiscales, de cargo de la Sección O.S.7, dependiente de la Prefectura Llanquihue, que se encontraban bajo la custodia de los funcionarios que se individualizan en el oficio N° 437, de 2014, de esa institución policial, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sean exonerados de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de los antecedentes acompañados, aparece que el día 19 de agosto de 2013, como consecuencia de un incendio que afectó al cuartel de la mencionada Sección, los referidos bienes, cuyo detalle se encuentra en el oficio N° 3, de 2013, del Oficial Investigador, quedaron inutilizados producto de su incineración. En este sentido, es menester expresar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil a los funcionarios de Carabineros de Chile que se individualizan en el citado oficio N° 437, de 2014, por los daños ocasionados en las especies fiscales de cargo de la Sección O.S.7, dependiente de la Prefectura Llanquihue, conforme con el detalle del aludido oficio N° 3, de 2013. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República