Dictamen N° 331120/2023
N° E331120 Fecha: 10-IV-2023 La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que transfiere a la cuenta bancaria seis del sistema de transporte público de pasajeros de Santiago los fondos que indica. Sin embargo, en relación con lo señalado en su considerando 5°, numeral (ii), cumple con hacer presente que la instrucción que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones imparta al Administrador Financiero de Transantiago S.A., para que este pague a los concesionarios de uso de vías los montos de anticipo respectivos, deberá ceñirse a lo dispuesto en el párrafo quinto del punto 2.1.1 del protocolo de transición aprobado mediante la resolución exenta N° 5.165, de 2022, de esa secretaría de Estado, sin que obste para ello la complementación a dicho protocolo, sancionada por la resolución exenta N° 1.294, de 2023, del mismo ministerio, al no estar suficientemente fundada en esta parte. Además, procede que la precitada cartera adopte las medidas tendientes a obtener, a la mayor brevedad -y no en la oportunidad que se fijó para ello-, la íntegra restitución de los valores negativos mencionados en el párrafo tercero de su oficio N° 8.565, de 2023, por corresponder. Por último, cabe precisar que la estimación del pago a los referidos concesionarios es por concepto de anticipo, y no por el que se indica en el considerando 6° del decreto de la suma. Saluda atentamente a Ud., JORGE ANDRES BERMUDEZ SOTO Contralor General de la República