Dictamen N° 33174/2013
N° 33.174 Fecha: 29-V-2013 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución Nº 127, de 2013, del SERVIU Metropolitano, que aprueba la contratación por trato directo de las obras del “Programa de Pavimentos Participativos, Vigésimo Llamado, Agrupación N° 6”, comunas de Pudahuel y La Pintana, por cuanto ese programa ya fue objeto de una contratación anterior con otra empresa. En efecto, la indicada obra fue contratada mediante la resolución N° 288, de 2012, de ese servicio, la que fue tomada de razón por este Organismo de Fiscalización y luego suscrita por la empresa Constructora San Pablo Limitada, conforme al procedimiento establecido en el artículo 43 del decreto N° 236, de 2002, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en relación con el artículo 46 del decreto N° 355, de 1976, del mismo ministerio, sin que se haya dispuesto su término anticipado a través del correspondiente acto administrativo, afecto al respectivo control previo de legalidad. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación