Dictamen N° 33187/2011
N° 33.187 Fecha: 25-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Yasna Verónica Barrera Leiva, ex funcionaria de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de la medida adoptada por esa institución policial, en orden a no renovarle su designación a contrata para el año 2010. Requerido de informe, el mencionado organismo ha manifestado que la contratación de la peticionaria expiró por el vencimiento del plazo. Añade, que el vínculo laboral de que se trata, no está sujeto, para fines de su renovación, al proceso de evaluación, el que sólo constituiría un antecedente del desempeño funcionario. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 16 de la orden general N° 1.777, de 2007, de la Dirección General de Carabineros, que contiene la Directiva del Personal Contratado por Resolución -calidad que tenía la peticionaria-, vigente a la data de alejamiento de la ocurrente, señalaba que la contratación durará como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, pudiendo ser renovada, agregaba su artículo 21, N° 4, como causal de término, el vencimiento del plazo, cuando no medie su renovación, como ocurrió en la especie. De lo expuesto, aparece que la no renovación de la designación de que se trata, constituye el ejercicio de una facultad privativa de las autoridades de esa institución policial, sin que corresponda a este Organismo Contralor, conforme con el criterio contenido en los dictámenes N os 61.117, de 2008 y 44.495, de 2009, entre otros, ponderar los fundamentos o razones que aquélla tuvo en cuenta para determinar, en uso de dicha facultad, la no renovación de la misma. Sobre la base de las consideraciones expuestas, cabe concluir que el cese de funciones de la señorita Yasna Verónica Barrera Leiva, se ajustó a la normativa que regula la materia. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República