Dictamen CGR

Dictamen N° 33245/2017

2017-09-12 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 80, de 2017, de la Dirección Nacional de Logística de Carabineros de Chile

N° 33.245 Fecha: 12-IX-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro que aprueba las bases administrativas, texto de contrato y anexos de la licitación pública para la adquisición de cinturón de servicio en los términos que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que es necesario que en la etapa de aclaraciones esa entidad precise en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, que la declaración jurada a que alude la letra c) del N° 4.3 del pliego de condiciones correspondiente a las personas naturales, deberá referirse también a la causal de inhabilidad relacionada con las condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, como establece el inciso primero del artículo 4° de la ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. En la misma oportunidad, deberá aclarar que el monto en que se podrá ampliar el contrato se calculará en relación al originalmente pactado, como se establece en el inciso final del artículo 77 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y no respecto de la cantidad adjudicada, como se indica en el N° 4.17 de las bases administrativas y en la cláusula décimo cuarta del modelo de contrato que se aprueba (aplica dictamen N° 25.191, de 2017). Finalmente, cabe anotar que en la cláusula primera del antedicho modelo de contrato se advierte un error en lo referente al tipo de licitación convocada en la especie y que la remisión que se hace en el segundo párrafo del N° 4.9 del pliego de condiciones debe entenderse efectuada al anexo N° 2 del mismo, y no como ahí se indica. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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