Dictamen N° 33326/2013
N° 33.326 Fecha: 29-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor José Gaete Carmona, funcionario del Hospital Exequiel González Cortés, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur, junto a otros empleados de dicho centro de salud, para consultar si les asiste el derecho a percibir la asignación asociada al mejoramiento del trato a los usuarios. Requerido su informe, los mencionados organismos manifestaron, en síntesis, que a los peticionarios no les corresponde el estipendio que reclaman. Como cuestión previa, cabe indicar que se solicitó su opinión a la Subsecretaría de Redes Asistenciales, sin embargo a la fecha no la ha remitido, atendido lo cual, considerando el tiempo transcurrido, este Órgano de Control se pronuncia sin dicho antecedente. Sobre el particular, es dable anotar que el artículo 1°, inciso primero, de la ley N° 20.646, otorgó el beneficio en estudio al personal auxiliar, técnico y administrativo, sea de planta o a contrata, de los servicios de salud que señala. Así, es posible advertir que únicamente pueden percibir el emolumento en análisis los empleados antes indicados, entre los cuales no se encuentran aquellos regidos por el Código del Trabajo, como sucede en el caso de los recurrentes. En consecuencia, resulta forzoso concluir que los interesados carecen del derecho al pago del estipendio en consulta. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República