Dictamen N° 33410/2013
N° 33.410 Fecha: 30-V-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, para consultar si el diploma de Ingeniero Estadístico, otorgado por la Universidad de Concepción, es útil para percibir la asignación profesional. Requerida de informe, la mencionada casa de estudios superiores manifestó, en síntesis, que el citado título reviste el carácter de profesional, cuyo plan de aprendizaje tiene una duración de diez semestres. Sobre el particular, es dable recordar que, según el artículo 54, inciso séptimo, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, diploma profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios en los términos que expresa. Enseguida, cabe destacar que el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, concede el referido estipendio a los servidores de las entidades que indica, que, entre otros requisitos, tengan un título profesional conferido por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, cuyo proyecto de enseñanza posea un mínimo de seis semestres académicos y 3.200 horas de clases. A su turno, resulta necesario precisar, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 54.675, de 2012, de esta Entidad de Control, que el requisito de 3.200 horas de clases, para los efectos que interesan, es sólo exigible en aquellos casos en que la carrera tiene el mínimo de seis semestres, y no respecto de las que poseen una malla curricular que sobrepase ese límite, como acontece con el diploma de la especie. En consecuencia, en virtud de lo expuesto, es dable concluir que el diploma en estudio es útil para acceder al beneficio en consulta. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República