Dictamen N° 33435/2016
N° 33.435 Fecha: 06-V-2016 Este Organismo de Control ha dado curso al documento del rubro, que aprueba la rectificación contenida en la escritura pública de 24 de marzo de 2016, de la compraventa de los inmuebles que indica, aprobada mediante la resolución N° 727, de 2015, del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que la compraventa suscrita el 30 de diciembre de 2015, tenía dos cláusulas quinta, por lo que entiende que la rectificación a que alude la cláusula sexta del instrumento en estudio corresponde a la segunda cláusula quinta mencionada en la escritura de compraventa ya individualizada, cuyo nuevo texto transcribe en forma íntegra. Asimismo, cabe precisar que al señalar la rectificada cláusula quinta antes citada “las autorizaciones y aprobaciones a las que se hace mención en la cláusula tercera”, se refiere a la condición de que el contrato de compraventa sea aprobado por acto administrativo que cumpla con el trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República