Dictamen CGR

Dictamen N° 33539/2009

2009-06-25 · Salud pública y personal de salud · general · Vigente
Sumario. Se ajusta a derecho acuerdo calificatorio que rebaja nota asignada al subfactor "comportamiento funcionario" en calificación funcionaria, que expresa la motivación que tuvo en cuenta para efectuar disminución de puntaje. Los dictámenes de Contraloría producen efectos vinculantes para los órganos sujetos a su fiscalización, en los casos concretos a que se refieren

N° 33.539 Fecha: 25-VI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Verónica Cruz Oteiza, oficial administrativo, grado 13 de la E.U.S., de la Dirección General del Crédito Prendario, para solicitar un pronunciamiento respecto a la legalidad de la calificación asignada por su desempeño laboral durante el período 2007- 2008, y que le significó quedar evaluada en Lista 1, de Distinción, con 69 puntos, Sobre el particular, cabe anotar que los funcionarios de la Dirección General del Crédito Prendario se rigen en materia de calificaciones por la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; por el decreto N° 97, de 1998, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que fija el Reglamento de Calificaciones para el citado personal, y por el decreto N° 1.825, de 1998, del Ministerio del Interior, que contiene el Reglamento General de Calificaciones del personal afecto al Estatuto Administrativo, aplicable supletoriamente en virtud de lo dispuesto en el artículo 7° del precitado decreto N° 97, de 1998. En primer término, la afectada alega que la Junta Calificadora no fundamentó su acuerdo, puesto que, según consta en el acta de la sesión N° 8, de 2008, la entidad le rebajó en un punto la nota en el subfactor indicado en dicho documento, obedeciendo a los antecedentes de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS), lo que a su juicio no constituye un fundamento cabal, ya que no se expresan las circunstancias precisas y objetivas en que se apoya la decisión de ese órgano colegiado. En relación con lo anterior, corresponde especificar, tomando en cuenta los antecedentes tenidos a la vista, que el acuerdo a través del cual el órgano evaluador rebaja de 7 a 6 puntos, la nota asignada al subfactor "Comportamiento Funcionario", esgrimió como argumento los antecedentes de la OIRS. Al respecto, es dable concluir, de conformidad con el dictamen N° 50.714, de 2008, de este Ente Fiscalizador, que, a juicio de este órgano de Control, dicha decisión ha expresado la motivación que tuvo en cuenta para efectuar la mencionada disminución, permitiendo de esa manera a la interesada una adecuada defensa en orden a ejercer los medios de impugnación procedentes y, por otro lado, poder mejorar su comportamiento laboral en el siguiente período, circunstancias que esta Contraloría General considera suficientes para efectos de entender que se ha dado cumplimiento al requisito mencionado, razón por la cual procede desestimar el reclamo de la peticionaria en este punto y, por ende, su calificación del período 2007-2008 debe entenderse afinada en los términos resueltos por la autoridad administrativa, esto es, Lista 1, Distinción, con 69 puntos. Finalmente, la interesada reclama que no se han subsanado los vicios que afectaron su anterior calificación, advertidos por esta Contraloría General mediante el oficio N° 51.353, de 2008. Sobre la materia, es forzoso anotar, conforme a lo dispuesto en el artículo 9°, inciso final, de la ley N° 10.336, y atendido a lo indicado por este Ente Fiscalizador en sus oficios N°s 50.931, de 2005 y 14.251, de 2007, que los dictámenes emanados de la Contraloría General de la República producen efectos vinculantes para los órganos sujetos a su fiscalización, en los casos concretos a que se refieren, por lo que su incumplimiento por parte de las autoridades significa la infracción de sus deberes funcionarios, comprometiendo su responsabilidad administrativa. En consecuencia, esa Dirección deberá proceder a dar inmediato cumplimiento a lo ordenado por el dictamen N° 51.353, de 2008, si no lo hubiere hecho a la fecha de recibir el presente pronunciamiento.

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