Dictamen N° 33545/2016
N° 33.545 Fecha: 06-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Alejandro Contreras Jiménez, exfuncionario de la Fuerza Aérea, para solicitar la revisión de su pensión de retiro, incorporando el mayor sueldo precedente al superior que no le habría sido reconocido. Requerida al efecto, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, junto con remitir el expediente del interesado, informó que dicho beneficio fue determinado correctamente de acuerdo a la normativa aplicable a la época de su concesión, y que el plazo para revisarlo se encuentra vencido, opinión que es compartida por el Comando de Personal de la Fuerza Aérea. Como cuestión previa, es dable advertir que esta Entidad Fiscalizadora concluyó, a través del dictamen N° 44.135, de 1994, que al peticionario no le asiste el derecho a percibir el mayor sueldo solicitado, por cuanto no reúne los requisitos para ello. Precisado lo anterior, cabe señalar que el inciso tercero del artículo 164 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, previene que sin perjuicio de los plazos de prescripción de corto tiempo establecidos para casos específicos, el derecho a impetrar pensión, reajustes, acrecimientos o cualquier beneficio derivado de ellas, prescribe en 10 años. Ahora bien, considerando que entre el 28 de diciembre de 1994, fecha del aludido dictamen N° 44.135, y la presentación realizada por el señor Contreras Jiménez el día 19 de enero de 2016 ante este Órgano de Control, transcurrieron más de 21 años, es dable advertir que el término para revisar su jubilación se encuentra vencido. En consecuencia, se desestima la pretensión del recurrente. Transcríbase al Comando de Personal de la Fuerza Aérea y a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, haciéndole devolución del expediente acompañado. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República