Dictamen N° 33630/2016
N° 33.630 Fecha: 06-V-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3495, conducido por su funcionario, señor Miccio Vicente Cabrera Cabrera, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación examinada, aparece que el día 7 de agosto de 2015, ese servidor, acompañado de otro empleado, se desplazaba en el referido móvil por la Ruta 5 Sur, y al realizar un viraje en el cruce de retorno Las Acacias, en la comuna de San Bernardo, debido a que esa vía tenía una acumulación de aguas lluvia, repentinamente se detuvo el motor del vehículo, no obstante que los automóviles que le antecedían habían avanzado sin presentar problemas. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 539, de 2015, de la Sección de Reparación y Mantención, ascendieron a la suma de $6.940.776, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Miccio Vicente Cabrera Cabrera, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3495. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República