Dictamen N° 33711/2016
N° 33.711 Fecha: 06-V-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3693, conducido por su funcionario, señor Eduardo Enrique Yáñez Díaz, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Sobre el particular, cabe anotar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 12 de junio de 2014, mientras ese servidor permanecía con el referido vehículo estacionado en la Avenida Jorge Hirmas, en la comuna de Renca, fue chocado por un bus particular que circulaba en esa vía, a una velocidad no razonable ni prudente respecto de las condiciones de la misma -mojada-, lo que el Departamento SIAT, en su oficio N° 155, de esa anualidad, estableció como causa del accidente, practicándose la denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la mencionada comuna. Los perjuicios provocados al patrimonio fiscal, según el presupuesto N° 29, de 2015, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascenderían a la suma de $4.590.000, determinando la Dirección Nacional de Logística, a través de su orden N° 21, de esa anualidad, dar de baja dicha especie. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, en atención a que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Eduardo Enrique Yáñez Díaz, por los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3693; ello es, por cierto, sin perjuicio de la eventual responsabilidad infraccional que pudiere asistirle al interesado en el hecho descrito. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República