Dictamen CGR

Dictamen N° 33942/2017

2017-09-15 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre reclamación relativa a la licitación de la obra “Normalización Tercera Etapa y Final Hospital las Higueras”

N° 33.942 Fecha: 15-IX-2017 Se han dirigido a esta Contraloría General don José Gómez Lameiro y don José de Haro Andreu en representación, según indican, de las empresas Constructora San José S.A. Agencia en Chile y San José Constructora Chile S.A. respectivamente, en el marco de la licitación de la obra “Normalización Tercera Etapa y Final Hospital las Higueras” ID N° 5624-64-LR16, atendido que la oferta presentada en conjunto bajo la modalidad de unión temporal de proveedores fue declarada inadmisible en atención a que no se incluyeron los formularios 8A, 8AA, 8B y 8BB, respecto de los profesionales no evaluables, lo que a su juicio no se ajustaría a las bases que rigieron la licitación contenidas en la resolución N° 134, de 2014, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, Bases Administrativas Tipo para la Construcción; Habilitación, Normalización, Reposición o Remodelación de Infraestructura en Salud. Al respecto, cabe señalar en primer lugar que todas las ofertas presentadas en el aludido procedimiento de licitación fueron en su oportunidad declaradas inadmisibles, según consta en la resolución exenta N° 1.837, de 2017, del Servicio de Salud Talcahuano. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con manifestar respecto a lo reclamado, que las citadas bases de licitación en el punto 12.2, párrafo séptimo, ordenan que para cada uno de los profesionales ofertados, sean o no considerados en la evaluación, se deben acompañar una serie de documentos en formato digital -entre los que destaca la acreditación de la experiencia y competencia profesional en obras en salud o equivalentes-, siendo la manera de entregar esa información a través de los formularios 8A, 8AA, 8B y 8BB, los que se deben adjuntar para cada uno de los profesionales ofertados, tal como se indica en las letras i), j), k) y l) del mismo punto, lo que fue reafirmado en la respuesta N° 377 de la serie de preguntas y respuestas de la licitación, por lo que no se advierte reproche de juridicidad a la decisión adoptada por ese servicio sobre este punto. Por otra parte, y en relación con la materia, se informa que en la actualidad se encuentra en trámite de control previo de legalidad la resolución N° 16, de 2017, del Servicio de Salud Talcahuano, que adjudica en un nuevo procedimiento de licitación la obra “Normalización Tercera Etapa y Final Hospital Las Higueras Tercer Llamado” ID N° 5624-5-LR17. Transcríbase al Servicio de Salud Talcahuano. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República